La Ley Orgánica 3/2003, de 22 de marzo para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres establece la existencia de la llamada discriminación indirecta cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto al otro sexo; salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados.
La ley proclama que los medios de comunicación social de titularidad pública y la comunicación institucional velarán por la transmisión de una imagen igualitaria, plural y no estereotipada de mujeres y hombres en la sociedad, y promoverán el conocimiento y la difusión del principio de igualdad entre mujeres y hombres.

Son empresarias
Es necesario, por tanto, elaborar, en la medida en que ello no atente contra la libertad de expresión, directrices profesionales, códigos de conducta y otras formas de autorregulación para fomentar la presentación de imágenes no estereotipadas de las mujeres puesto que aquellas son discriminatorias, degradantes y ofensivas.
Los documentos, folletos, impresos, temas , textos…que realizamos y distribuimos constituyen una comunicación institucional que pueden contribuir en gran medida al adelanto de la mujer; desde este punto de vista es fundamental mostrarla como un ser humano creativo, agente principal, contribuyente y beneficiaria del proceso de desarrollo; erradicando aquellos materiales en los que haya sesgo de género.

Es necesario, por tanto, adoptar las siguientes medidas:
- Presentar una imagen equilibrada y diferenciada de las mujeres en sus diversos estilos de vida, desterrando la imagen y la representación androcéntrica en los distintos materiales; reflejando en ellos su aportación a la sociedad y las múltiples funciones que ellas desempeñan. Se trataría de aumentar el acceso a los materiales y a la expresión de sus ideas por todos los medios.

Pickering y sus astrónomas
- Prestar atención especial en los currículos y en todas las etapas educativas al principio de igualdad entre mujeres y hombres. Eliminar y rechazar los comportamientos y contenidos sexistas y los estereotipos que supongan discriminación entre mujeres y hombres, con especial consideración a ello en los libros de texto y materiales educativos.

Amelia Valcárcel. Filósofa
- Representarlas en las esferas de la producción, en el trabajo, y realizando aquellas profesiones que no hayan ejercido tradicionalmente. insistir en presentarla en sus papeles tradicionales puede ser contraproducente puesto que perjudica su participación en la sociedad y la relega al mundo de lo privado.

Investigadoras
- Producir y difundir materiales sobre las mujeres dirigentes, entre otras cosas, como líderes que asumen sus posiciones de liderazgo con experiencias muy diversas que incluyen, sin limitarse a ellas, sus experiencias respecto del logro de un equilibrio entre sus responsabilidades en el trabajo y en la familia, como madres, profesionales, administradoras y empresarias, para servir de modelos, particularmente para las jóvenes.

Inés Alberdi. UNIFEM
- Reflejar las necesidades y los problemas de las mujeres de forma apropiada. Hay que suprimir la proyección constante de imágenes negativas y degradantes. No presentarlas como seres inferiores y no explotarlas como objetos sexuales o bienes de consumo.

Buscando trabajo
- Fomentar la participación de los hombres en pie de igualdad en las responsabilidades familiares, mostrando materiales que hagan hincapié en la igualdad de género y en la exclusión de los estereotipos basados en el género de los papeles que desempeñan las mujeres y los hombres dentro de la familia puesto que la conciliación de la vida personal, familiar y profesional es de aplicación para ambos.

- Sensibilizar ante el abuso doméstico de cónyuges y menores; así como ante todas las formas de violencia contra la mujer, incluso la violencia de género, contribuyendo a su prevención y eliminación puesto que ésta constituye el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. La comunicación institucional debe ofrecer imágenes y textos que respeten la igualdad y la dignidad de las mujeres.

- La difusión de informaciones relativas a la violencia sobre la mujer garantizará, con la correspondiente objetividad informativa, la defensa de los derechos humanos, la libertad y la dignidad de las mujeres víctimas de violencia y de sus descendientes menores. En particular, se tendrá especial cuidado en el tratamiento gráfico de las informaciones.

- Evitar, en los documentos de publicidad, imágenes o textos, presentar a las mujeres en situaciones o comportamientos discriminatorios; de acuerdo con esta Ley se considerará publicidad ilícita, de conformidad con lo previsto en la legislación general de publicidad y comunicación institucional. La publicidad dirigida a menores deberá transmitir una imagen igualitaria, plural y no estereotipada.

- Es obligatoria la implantación de un lenguaje no sexista en el ámbito administrativo así como en todos los proyectos del ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación sufragados total o parcialmente con dinero público. Se garantizará que su lenguaje y contenidos sean no sexistas.

Luis Bonino, autor de “Los Micromachismos” ofrece un pequeño truco que podemos trasladar a nuestro ámbito de aplicación. Éste consiste en preguntarnos si lo que representamos vale por igual para los hombres y para las mujeres; una respuesta positiva es, no sólo el ideal que perseguimos, sino, sobre todo, una cuestión de justicia y de derecho, de derechos humanos.